En Sentencia de Primera Instancia se declara un concurso culpable con responsabilidad del administrador de una sociedad, y se declara también la responsabilidad en concepto de cómplice de quien fue administrador 4 años antes de declararse el concurso de acreedores. La Sentencia de apelación dictada por la Audiencia Provincial de Teruel, absuelve al cómplice porque no hay ningún indicio de que hace 4 años la sociedad estuviera en situación de insolvencia. Igualmente declara el concurso fortuito ya que el retraso en la presentación del concurso no originó un agravamiento de la insolvencia.Es la Sentencia 78/2016, de fecha 29 noviembre de 2016
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